El gobierno considera la consulta previa como un mero acto administrativo

Derechos indígenas y campesinos

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Según la publicación “Consulta previa a las comunidades tacanas”, la “consulta previa” estaría considerada solamente como un trámite de carácter administrativo o formalismo, puesto que los técnicos gubernamentales buscan conseguir el consentimiento de los pueblos indígenas para la aprobación de la licencia ambiental y luego proceder con la ejecución del proyecto. “No les interesa los impactos ambientales del proyecto ni el contexto”, afirma Mario Paniagua, coautor del texto.

 

El documento refleja el proceso de negociación y consulta al que fueron sometidos los indígenas del territorio Tacana II, referido a un proyecto de exploración petrolera, entre 2015 y 2018. El documento está dividido en ocho partes: El pueblo Tacana: la vida en torno a la castaña, Breve descripción del marco legal, El proceso de consulta en Tacana II, Evo Morales inaugura el proyecto sin Tacana II, Compensación y acuerdos incumplidos, Balance final, Lecciones aprendidas, Lecciones aprendidas y Recomendaciones.

 

A partir de la experiencia de “Consulta previa” en el territorio Tacana II, Paniagua destacó tres lecciones aprendidas que deja ese proceso.

 

1. La consulta es asumida como un procedimiento administrativo por la autoridad competente del gobierno. Los técnicos van al territorio para validar el estudio de impacto ambiental y obtener la licencia ambiental.

 

El personal encargado va solo a obtener la aprobación y no importan los impactos del proyecto. En este caso, quienes hicieron el estudio, ni siquiera se enteraron qué significaba la castaña en la vida de los tacanas.

 

Los operadores por lo general son técnicos de campo que actúan bajo la presión de trabajar contrarreloj porque el proyecto sísmico ya estaba licitado y adjudicado a la empresa ejecutora, en este caso la china BGP Bolivia S.R.L., que es subsidiaria de BGP internacional y esta filial de la empresa estatal China National Petroleum Corporation (CNPC).

 

2. La consulta es un proceso que enfrenta a las comunidades con el Estado porque cuando los técnicos llegan al territorio indígena no explican todo el proceso de forma independiente. Es un ejercicio altamente desgastante que profundiza la desconfianza de las organizaciones indígenas hacia el Estado.

 

Las organizaciones no solo tienen que estar dispuestas a desplegar esfuerzos y recursos materiales extraordinarios, sino que deben mantener una extraordinaria fortaleza organizacional y sumar aliados externos para un tipo de apoyo técnico y jurídico autónomo y libre de condicionamientos gubernamentales.

 

3. La deliberación indígena participativa y en sus instancias es realmente importante para evitar la cooptación dirigencial. En Tacana II, se determinó que todas las reuniones con el gobierno se realicen dentro del territorio indígena y no fuera. A pesar de esa decisión, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) intentó sacar a los dirigentes y llevarlos fuera de la TCO.

 

Esta deliberación participativa elimina atribuciones para que la directiva dirigencial sostenga reuniones por separado o a puertas cerradas. Conlleva tiempos extendidos y procesos no lineales, sin embargo, otorga mayor transparencia y legitimidad al proceso. Por supuesto que los pueblos indígenas tienen capacidades diferenciadas de acción colectiva pero todas se caracterizan por tener espacios deliberativos participativos.

 

Para más información acceda al documento completo aquí.

 

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