Jeanine Añez firmó una Resolución Suprema para entregar los predios Laguna Corazón y Tierras Bajas del Norte.
Dando continuidad a las denuncias públicas realizadas por Fundación TIERRA, sobre el caso de tráfico de tierras en favor de la familia Marinkovic, se ha encontrado nueva documentación que sustenta lo manifestado. Se insta nuevamente a los jefes y ministros de Estado, iniciar una investigación urgente, rigurosa y pública.
A. Caso “Laguna Corazón”
A.1. Antes del gobierno de Jeanine Áñez
1) El año 2001, la familia Marinkovic comenzó el trámite de la titulación del predio Laguna Corazón, demandando una extensión de 12.481 hectáreas, en la provincia Guarayos del departamento de Santa Cruz. El año 2004, el INRA anuló dos expedientes agrarios que formaban parte de esta demanda, Santa Teresita y San Gerardo y, a su vez, reconoció como válidos otros dos expedientes: Laguna Corazón y Soledad.
2) El mismo año, 2004, el INRA emitió una resolución de adjudicación simple por 10.349 hectáreas. Sin embargo, el año 2006, estos avances de saneamiento, fueron sometidos a una investigación ordenada por las nuevas autoridades del INRA y Viceministerio de Tierras, debido a indicios de graves irregularidades en la evaluación técnica-jurídica, levantamiento de fichas catastrales y verificación de la FES. La investigación ordenó anular lo obrado y volver a levantar información técnica y jurídica. Durante la gestión 2007, se cumplió lo ordenado por la investigación, lo cual fue observado y anulado por segunda vez por el INRA en el año 2011.
3) Entre el 2011 y 2019, la familia Marinkovic interpuso recursos de Amparo Constitucional y solicitó una tutela ante la Sala Constitucional Segunda de Santa Cruz, para la protección de sus derechos supuestamente vulnerados. El 13 de junio de 2019, la mencionada Sala Constitucional no sólo falla a favor de los Marinkovic, sino que, sobrepasando sus atribuciones, ordenó al INRA la emisión de una Resolución Final de Saneamiento.
A.2. Durante el gobierno de Jeanine Áñez (12 de noviembre de 2019 al 8 de noviembre de 2020)
1) Ya en fecha 17 de julio de 2020, el Tribunal Constitucional emitió la Sentencia Constitucional 0116/2020-S4, ratificando la tutela otorgada a favor de la familia Marinkovic por el Tribunal Departamental el 13 de junio de 2019. Esta Sentencia acepta las objeciones de la parte interesada y dispone que el INRA emita una nueva resolución.
Posteriormente, el 21 de octubre de 2020, a sólo tres meses de lo anterior, la Presidenta Jeanine Añez Chávez, firma la Resolución Suprema Nº 26916 que ordena la emisión del Título Ejecutorial del predio “Laguna Corazón” a favor de la familia Marinkovic. Ésta Resolución Suprema está firmada también por la Ministra de Desarrollo Rural y Tierras, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval. (ver fotocopia adjunta de la Resolución Suprema).
2) Se pudo verificar que el 29 de octubre de 2020, es decir, a nueve días del final del gobierno de Añez, el INRA emitió el Título Ejecutorial Individual Nº MPENAL000 6144 en favor de la Empresa Agropecuaria Laguna Corazón de la familia Marinkovic. Esto ocurrió a tan sólo 6 días hábiles entre la Resolución Suprema y la emisión del título. Lo que indica que existieron procedimientos que se pasaron por alto, como la “Notificación por Edicto de Prensa” de la cancelación de partidas anuladas, la “Notificación de la resolución a la ABT, que debió hacerse debido a la sobreposición a la Reserva Guarayos y, sobre todo, se incumplió el plazo de 30 días para posibles impugnaciones.
3) Quizá la prueba más fehaciente de uno de los peores casos de tráfico de tierras es que la familia Marinkovic, originalmente pedía la titulación de 12.481 hectáreas y el INRA tituló exactamente eso: 12.481 hectáreas, ni un metro menos, ni un metro más.
B. Caso “Tierras bajas del Norte”
B.1. Antes del gobierno de Jeanine Áñez
1) El año 1998, la familia Marinkovic solicitó la titulación del predio Tierras Bajas del Norte, demandando 21.839 hectáreas en la provincia Chiquitos del departamento de Santa Cruz. En los años posteriores, luego de trabajos de campo, el INRA anuló el trámite agrario porque descubrió que los documentos con que la parte interesada intentó demostrar su derecho propietario, estaban firmados por Miguel Toledo Hurtado, quien fungió como Juez Agrario, pero sin serlo, por lo tanto, había actuación dolosa y el supuesto juez no tenía competencia legal.
Sin embargo, el 22 de septiembre de 2015, el INRA decide adjudicar una extensión de 5.000 hectáreas; a pesar de haberse demostrado que la familia interesada había intentado apropiarse de esas tierras con títulos agrarios “chutos” de la época del Consejo Nacional de Reforma Agraria.
2) Consecutivamente, el 17 de junio de 2016, el Tribunal Agroambiental falla a favor de la familia Marinkovic en una demanda administrativa contenciosa, que interpuso ante la decisión del INRA de 2015. Este fallo del Tribunal Agroambiental que respalda el pedido de Marinkovic de titular mucho más de 5.000 hectáreas, que es el límite constitucional para las tierras, fue firmada por el Magistrado de Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón, la Magistrada de Sala Primera Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz, y la Magistrada de Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.
3) Acto seguido, el 7 de octubre de 2019, el INRA actuando en consonancia con el fallo del Tribunal Agroambiental de 2016, concluye con el proceso de subsanación de las observaciones y recomienda la emisión de una nueva resolución administrativa con los mismos resultados del año 2015, es decir, titular a lo mucho 5.000 hectáreas.
B.2. Durante el gobierno de Jeanine Añez (12 de noviembre de 2019 al 8 de noviembre de 2020)
1) El 18 de marzo de 2020, el Viceministerio de Tierras, a la cabeza de Gustavo Terrazas Moscoso, emitió un informe legal, desconociendo el último trabajo del INRA e instruyendo que esta instancia proceda al cumplimiento de la Sentencia Agroambiental Nº 44/2016. Ese fue el inicio de una nueva campaña para favorecer a la familia Marinkovic.
2) El 15 de septiembre de 2020, el INRA emitió la resolución administrativa Nº 143/2020, supuestamente acatando lo dispuesto por el Viceministerio de Tierras, donde modifica los resultados del trabajo del INRA y favorece el reconocimiento de la superficie total del predio Las Tierras Bajas del Norte, solicitado por Marinkovic años atrás, las justificaciones son totalmente forzadas para no reconocer vicios de nulidad absoluta en todo el proceso, además de que el INRA se justifica a sí mismo al señalar que estaría acatando solamente las decisiones del Tribunal Agroambiental (ver fotocopia adjunta de la Resolución Suprema).
La mencionada resolución del INRA, consolida el derecho propietario sobre 21.839 hectáreas a favor de la familia Marinkovic. Las modificaciones de resoluciones y demás decisiones tomadas conllevaron a la anulación del precio de adjudicación del predio, es decir, dejó sin efecto la obligación económica que tenía la parte interesada con el Estado boliviano.
3) El 27 de octubre de 2020, once días antes de la conclusión del gobierno de Añez, el INRA emitió el Título Ejecutorial Individual MPENAL 0006124 en favor de la familia Marinkovic o, lo que es lo mismo, la Empresa Agropecuaria Laguna Corazón. Esta titulación ocurre dos días antes de la titulación del otro predio Laguna Corazón. Al igual que el caso anterior, la prueba indiscutible de tráfico de tierras está en que la familia Marinkovic originalmente pedía la titulación de 21.838 hectáreas y el INRA tituló exactamente eso: 21.838 hectáreas, ni un metro menos, ni un metro más.