En 1992 se descubrió uno de los mayores casos de corrupción que se haya conocido en la gestión pública. El entonces diputado Miguel Urioste, puso en el tapete público el caso denominado Bolibras al denunciar documentadamente una apropiación ilícita de 96.337 hectáreas en el municipio Pailón, en la provincia cruceña de Chiquitos, por parte del entonces ministro de educación de esa época. 21 años después el gobierno boliviano retoma el caso determinando el saneamiento de tierras de los predios que conforman Bolibras con el objetivo de redistribuirlas. Pero el valor más importante de aquella denuncia es, como dice el investigador de Fundación TIERRA, Wilfredo Plata, que se convirtió en "un hito en la historia agraria de Bolivia porque fue el punto de quiebre de la Ley de Reforma Agraria de 1953".
Según el especialista a raíz del caso Bolibras surgió un gran debate nacional sobre el problema agrario en Bolivia y consecuentemente la necesidad de plantear una nueva ley de tierras. "El corazón de esta ley fue crear una nueva institucionalidad agraria y verificar el derecho de propiedad de los dueños de tierras, sobre todo en las tierras bajas, de ganaderos, agroindustriales y madereros, entre los principales".
En noviembre de 1992 el gobierno de Jaime Paz Zamora intervino el Consejo Nacional de Reforma Agraria (CNRA) y después de cuatro años, finalmente se aprobó la Ley del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), en octubre de 1996.
Uno de los aspectos relevantes de esta norma es la inclusión de la titulación colectiva en forma de Tierra Comunitaria de Origen (TCO) que hasta ahora ya ha beneficiado con títulos colectivos por más de 20 millones de hectáreas a favor de los pueblos indígenas de Bolivia. "De ahí surge el saneamiento de tierras que hasta hoy es motivo de mucha participación de las comunidades de diversas partes de Bolivia para regularizar y actualizar sus derechos propietarios".
Según información de Fundación TIERRA, entre 1991 y 1992, - en medio de la expansión del agronegocio de la soya- se probaron e hicieron públicas varias denuncias sobre corrupción en el sistema estatal de administración de las tierras. Como consecuencia del caso Bolibras y la consecuente intervención del CNRA y del Instituto Nacional de Colonización (INC), se produjo un paréntesis en la entrega de tierras fiscales y la posterior discusión sobre reformas referidas a la tenencia de la tierra se tradujo en cambios en la Constitución Política del Estado de 1994. A partir de entonces el Art. 171 establecía: " 1. Se reconocen, respetan y protegen en el marco de la ley, los derechos sociales económicos y culturales de los pueblos indígenas que habitan en el territorio nacional y especialmente los relativos a sus tierras comunitarias de origen garantizando el uso y aprovechamiento sostenible de sus recursos naturales, su identidad, valores, lenguas, costumbres e instituciones".
Anulación de saneamiento "en contravención" y redistribución
Con el propósito de localizar tierras fiscales y redistribuirlas, recientemente el actual gobierno promulgó el DS 1697 que instruye al INRA ejecutar el saneamiento sobre las tierras comprendidas en el caso Bolibras. Según esa norma se debe "considerar únicamente la superficie que cuente con antecedentes agrarios sustanciados ante el ex Consejo Nacional de Reforma Agraria".
Consecuentemente, el decreto establece la posibilidad de desalojar las posesiones asentadas en el predio a las que tipifica como ilegales y carentes de derecho propietario. "Las posesiones identificadas en el área BOLIBRAS son ilegales, no siendo objeto de reconocimiento de derecho propietario, estando sujetas al desalojo, conforme al procedimiento agrario".
Finalmente, la norma determina como prioridad "la identificación de tierras fiscales, según procedimiento especial de saneamiento".
El periódico Cambio reportó que según el viceministro de Tierras, Jorge Barahona, la disposición adicional única del decreto determina que "el INRA debe poner en conocimiento del Viceministerio de Tierras todas las propiedades que cuenten con resolución final de saneamiento o con título ejecutorial emitidos en contravención de la Ley 1715, para que esta instancia revise esos procesos", cita el mencionado matutino en su edición del 02 de septiembre.
Si de esa revisión técnica y jurídica el Viceministerio de Tierras identifica que hay algún error de fondo o irregularidades en la tramitación de este proceso, se planteará los procesos contenciosos administrativos ante el Tribunal Agroambiental (TAG) para que anule estos procesos y el INRA vuelva a ejecutar el proceso de saneamiento en esas áreas.