Derechos Indígenas

Contenido:

Convenio Nº 169 Organización Internacional del Trabajo Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes

Fue aprobado por la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT en forma tripartita con participación de los gobiernos, organizaciones de empleadores y de trabajadores, el 27 junio de 1989. El Estado boliviano aprobó el convenio mediante la Ley Nº 1257 del 11 de julio de 1991.

 

En el proceso de revisión del Convenio (1987-1989) también fueron consultados y participaron un gran número de pueblos indígenas y tribales.

La Conferencia observó que en muchas partes del mundo estos pueblos no gozaban de los derechos en el mismo grado que el resto de la población en los Estados donde viven y que han sufrido a menudo una erosión en sus valores, costumbres y perspectivas.

El Convenio núm. 169 tiene dos postulados básicos: el derecho de los pueblos indígenas a mantener y fortalecer sus culturas, formas de vida e instituciones propias, y su derecho a participar de manera efectiva en las decisiones que les afectan.

Parte I. Política General

Parte II. Tierras

Parte III. Contratación y Condiciones de Empleo

Parte IV. Formación Profesional, Artesanía e Industrias Rurales

Parte V. Seguridad Social y Salud

Parte VI. Adecuación y Medios de Comunicación

Parte VII. Contactos y Cooperación a Través de las Fronteras

Parte VIII. Administración

Parte IX. Disposiciones Generales

Parte X. Disposiciones Finales


Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas
Es una Resolución aprobada en la 107a sesión plenaria de la Asamblea General de Naciones Unidas, el 13 de septiembre de 2007. En Bolivia tiene el rango de ley gracias a la Ley N° 3760 de 7 de noviembre de 2007.

En la votación, 143 países se pronunciaron a favor, 4 en contra (Australia, Canadá, Nueva Zelanda y Estados Unidos de Norte América) y hubo 11 abstenciones (Azerbaijan, Bangladesh, Bhutan, Burundi, Colombia, Georgia, Kenya, Nigeria, Federación Rusa, Samoa y Ukrania).

La adopción de la Declaración se logró como resultado de 22 años de consultas y diálogo entre gobiernos y Pueblos Indígenas de todas las regiones del mundo, cuya población es estimada en más de 370 millones de personas.

Los puntos principales de la Declaración que no querían reconocer algunos de los Estados fueron: El derecho a la propiedad del territorio; El control de los recursos naturales; y El autogobierno indígena y el derecho a la autodeterminación.

Los derechos culturales, educativos, económicos y sociales no sufrieron reparo ni resistencia alguna. Los países europeos advirtieron que los pueblos indígenas se oponían a explotar los recursos naturales y que esa postura podía dificultar sus intereses económicos y el de las corporaciones trasnacionales cuyas sedes sociales se encuentran en alguno de los países europeos.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF por su sigla en inglés), hace la siguiente separación temática de la Declaración.

Parte 1. Temas importantes de la declaración (Artículos 1 al 6)

Parte 2. Vida, libertad, cultura y seguridad (Artículos 7 al 10)

Parte 3. Cultura, religión e idioma (Artículos 11 al 13)

Parte 4. Educación, medios de comunicación y empleo (Artículos 14 al 17)

Parte 5. Participación y desarrollo (Artículos 18 al 24)

Parte 6. Tierra y recursos (Artículos 25 al 32)

Parte 7. Auto-gobierno y leyes indígenas (Artículos 33 al 37)

Parte 8. Implementación (Artículos 34 al 42)

Parte 9. Comprendiendo la Declaración (Artículo 43 al 46)

Related Articles

TIERRA

Oficina Nacional
Calle Hermanos Manchego
N° 2566 - Sopocachi
Teléfono: (591-2) 243 2263
Whtasapp: +591 64044808
Fax:
(591-2) 211 1216
tierra@ftierra.org
La Paz  - Bolivia

 

Regional Altiplano
Calle Hermanos Manchego
N° 2566 - Sopocachi
Teléfono: (591-2) 243 2263
Fax:
(591-2) 211 1216
La Paz  - Bolivia

 

Regional Valles
Avenida Jaime Mendoza N° 2527
Zona San Matías
Teléfono: (591-4) 642 1332
Fax:(591-4) 642 1332
Sucre - Bolivia

 

Regional Oriente
Calle Mato Grosso
N° 2302 - entre 2do y 3er anillo
Teléfono: (591-3) 347 4635
Fax: (591-3) 347 4635
Santa Cruz  - Bolivia