La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz —conformada por René Delgado, como Presidente y José Sáez, como Vocal— falló a favor del guardaparques Marco Uzquiano, ordenando su reincorporación inmediata como Jefe de Protección de la Reserva de la Biosfera Estación Biológica del Beni, tras considerar que la desvinculación argumentada por el Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap) constituyó un acto de hostigamiento contra un defensor de derechos humanos.
“La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, Tribunal de Garantías Constitucionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 128 y 129-4 de la Constitución Política del Estado, artículos 51 y siguientes del Código Procesal Constitucional, determina conceder la tutela de acción de amparo constitucional interpuesta por el Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia, Pedro Francisco Callisaya, en representación de Marcos Enrique Uzquiano”, refirió el vocal Sáenz, en la parte resolutiva.
Uzquiano, apenas dos semanas antes de su despido, recibió una evaluación de desempeño con calificación perfecta (100%). Sin embargo, de un día para otro, fue desvinculado y además sometido a un proceso administrativo (Resolución Sumariante N° 001/2025). La acusación principal: un supuesto conflicto de intereses por presidir la Asociación Boliviana de Guardaparques (Abolac), una organización dedicada precisamente a fortalecer la protección ambiental, mientras ejercía el cargo de Jefe de Protección de la Estación Biológica del Beni, actividad que en criterio de la entidad gubernamental no era compatible con su cargo de funcionario público.
En su análisis, el tribunal encontró "totalmente incongruente" que el SERNAP hubiera otorgado a Uzquiano una calificación del 100% en su evaluación de desempeño, para luego emitir un memorándum de desvinculación laboral.
“Esta Sala Constitucional considera que existe un amedrentamiento y hostigamiento, pues los hechos no son congruentes con la decisión de retiro del ahora peticionante de tutela, lo que vulnera sus derechos y garantías que tiene como defensor de los derechos humanos, puesto que si el mismo SERNAP considera que es un funcionario que ha sido evaluado de manera positiva, no existe una razón suficiente para que haya sido desvinculado”, señala parte del análisis.
La resolución judicial también cuestionó que el proceso administrativo contra Uzquiano se iniciara de manera posterior a su desvinculación, lo que fue interpretado como otra forma de hostigamiento contra un defensor de derechos humanos.
Si bien el tribunal reconoció que en circunstancias normales un funcionario provisorio podría ser sujeto a un retiro discrecional de la administración pública, la condición especial de Uzquiano como defensor de derechos humanos, reconocida mediante certificación del Defensor del Pueblo, requería garantías especiales de protección laboral.
Adicionalmente, el tribunal dispuso que “se establezcan medidas de protección a favor de Uzquiano cuando se pretenda amedrentar u hostigar su labor como Jefe de Protección de la Reserva de la Biosfera Estación Biológica del Beni”.